Mari Carmen Ruz, esposa de Daniel Tejero Navas, ha sido absuelta por la Justicia de los delitos continuados de calumnias e injurias que el alcalde de Puente Genil, de la mano de la Fiscalía del Estado, le imputaba y por los que se le pedían dos años de prisión.
Esteban Morales Sánchez, famoso ya en toda España por protagonizar en televisión uno de los espectáculos más dantescos que se recuerdan a cuenta de la enconada defensa de su Jefe de Policía y amigo, el consumidor de prostitución infantil, Lorenzo Humanez Aguilar, ha visto frustrado en este primer asalto la miserable caza de brujas que ideó para tratar de destruir social y familiarmente a Daniel Tejero Navas.
El Juzgado de lo Penal número 3 de Córboda ha sentenciado que nada de lo expresado por Mari Carmen Ruz sobre Esteban Morales Sánchez es constitutivo de delito alguno de injurias o calumnias. Y la esencia del Fundamento de Derecho que desemboca en la absolución dibuja un escenario francamente desolador para el regidor de los pontaneses en los procedimientos que han de venir a continuación.
Absuelta. ¿Debió ser imputada?
Siempre me ha parecido que los Jueces en sus Sentencias lanzan mensajes perfectamente reconocibles si se sabe leer entrelíneas, expresivos de su sentir pero que no pueden verbalizar por una cuestión de pura corrección jurídica. Y qué quieren que les diga, lo que yo leo entre líneas del Fundamento de Derecho Octavo básicamente es: «Toda España te ha visto proteger a un subordinado tuyo consumidor de prostitución infantil al que no has impuesto ni un día de suspensión mientras que tienes suspendido hace más de un lustro a quien le denunció… ¿y tienes las narices de venir a pedir que metamos dos años en prisión a una mujer que te señala porque dices que te calumnia? Ejem… va a ser que no.»
La Magistrada Doña María Revuelta Merino no ve por ninguna parte el elemento subjetivo del delito. No está presente el animus iniuriandi. Lo que dice Mari Carmen Ruz no es fruto del capricho. Ella no se despierta un día y dice: «Voy a injuriar y calumniar al alcalde. A ver que me puedo inventar». No. Todo lo que dice tiene su origen en hechos de gran relevancia. Hechos ciertos. Hechos que transcendieron el ámbito meramente local. Esto que dice la Magistrada es una evidencia incuestionable. La pregunta que hay que hacerse es: ¿por qué entonces tuvo que pasar por la llamada pena de banquillo? Quizás hallemos respuesta a esa pregunta en futuros procedimientos.
¿Qué será lo siguiente de Esteban Morales Sánchez?
La Sentencia que declara absuelta a Mari Carmen Ruz de la que aquí doy cuenta hoy, aún no es firme. Eso significa que Esteban Morales Sánchez puede recurrirla ante la Audiencia Provincial de Córdoba. Le asiste ese Derecho. Sí. Es la grandeza de nuestro sistema. Incluso los indignos tienen Derechos. Y supongo que al igual que yo, se preguntan ustedes si este valedor de consumidores de prostitución infantil va a estar dispuesto a llevar su miserable indignidad un paso más allá. ¡Se admiten apuestas!
Me gustaría ayudar en lo que pueda gracias por vuestra kanor
Gracias Mario.