NUEVA LEY DE BIENESTAR ANIMAL

La Ley de Bienestar animal, recientemente aprobada en el Congreso, viene a completar el podium de la leyes que más polémica han levantado en los últimos tiempos. Esta Ley, debe pasar ahora por el Senado antes de entrar en vigor. Está publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y ha sido impulsada por el PSOE con el apoyo de Unidas Podemos. 

Tiene un claro objetivo: establecer un marco normativo para lograr alcanzar el máximo bienestar de los animales. Y es aquí donde se encuentra el primer quid de la cuestión: ¿todos los animales? No, todos no. Los perros empleados para las actividades de caza o los perros guardianes, por ejemplo, no están cubiertos por esta nueva Ley. Lo cual ha provocado protestas en varias ciudades del país. También quejas por parte de algunos grupos y asociaciones animalistas porque no se entiende que los perros domésticos sí, pero los guardianes, no. ¿No son acaso todos animales?

La razón de la exclusión no queda tampoco del todo clara. Los animales domésticos, aseguran desde el Gobierno, son animales sintientes. Pero algunos expertos aseguran que un perro de caza, que cuenta con un olfato mucho más desarrollado que uno doméstico, que se altera cuando ve pasar cerca suya algún otro animal más pequeño o que necesita una dosis extra de actividad, también puede llegar a ser una mascota. 


La Ley Animal prepara multas por abandono y maltrato

Esta nueva Ley de Bienestar animal establece multas para actos que hasta ahora no habían sido contemplados como ilegales. A nivel general se endurecen las penas con el objetivo de poner fin a los actos de maltrato animal y al abandono. Así, las sanciones más leves quedan establecidas entre los 500 y los 10.000 euros. Las graves entre los 10.001 y los 50.000 euros y las muy graves, pueden llegar hasta los 200.000 euros. 

Por ejemplo se pondrán multas que van desde los 500 a los 10.000 euros por dejar a gatos o a perros, de forma habitual y durante más de tres días, en terrazas, balcones o patios en el caso de los gatos. Y de 24h en el caso de los perros. Las multas pueden llegar a los 200.000 euros en casos como matar un ejemplar o vender perros, gatos o hurones en tiendas de mascotas.

También se prohíbe el maltrato, como no podía ser de otra manera si de lo que se trata es de promover el bienestar animal. En torno a esto, se menciona que queda prohibido el uso de elementos que puedan causar lesiones a los animales, como collares eléctricos, de impulsos, castigo o ahogo. 

Además, la nueva Ley de Bienestar Animal obliga a los ayuntamientos a priorizar métodos «no letales» en el control de plagas. Con lo que ya han protestado los fabricantes de raticidas porque su actividad es directamente señalada con la nueva Ley. Propugna penas de prisión de 12 a 24 meses para todo aquel que cause la muerte de un animal vertebrado. Penas que además se pueden ver agravadas si se emplean métodos como la utilización de “veneno, medios explosivos u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva o no selectiva”. Es decir, todo aquello que entre dentro del dicho “matar moscas a cañonazos”, mejor ya no.


Una Ley que promueve el bienestar pero se olvida de que animales son todos

Y lo que para muchos productores de raticidas sería un asunto de salud pública, para la nueva Ley no lo es. De hecho, para el control de las plagas, la nueva Ley establece incluso la aplicación de métodos no letales de la fauna urbana. Además insta a las entidades locales a que antepongan “el control poblacional no letal de la fauna urbana en sus planes de actuación en materia de protección animal garantizando los derechos de los animales”. Algo que se aplicará de forma directa y obligatoria en las colonias felinas mediante el conocido como método CER: captura, esterilización y retorno. También a las cotorras. 

La ley de Bienestar Animal prohíbe tener como mascota algunos animales hasta ahora permitidos. Expone que suponen dificultad para su correcto cuidado y pueden manifestar conductas agresivas, venenosas, transmitir enfermedades o afectar al ecosistema por su carácter invasivo. Se trata de animales, hasta ahora de tenencia común, como hámster, conejos, ratones, chinchillas o cobayas. Pero también otros como cotorras, agapornis, periquitos, arañas, erizos, cerdos vietnamitas o reptiles exóticos como serpientes, iguanas, lagartos, camaleones o geckos. No obstante, la llamada lista positiva aún no está cerrada del todo. Y desde el Ministerio se explica que los dueños de estas especies deberán informar de la especie que tienen en casa para recibir autorización para ello.  

Además, obliga a la esterilización antes de la adopción de perros, gatos y hurones o el establecimiento de un compromiso para realizarlo después. Tampoco podrán venderse en tiendas de mascotas ni perros, ni gatos ni hurones y se da a estos establecimientos un plazo de 12 meses para finalizar la venta en caso de que la estuvieran desarrollando en la actualidad. 

En definitiva, una Ley que promueve el bienestar pero se olvida de que animales son todos. Los de casa y los de fuera. Los de guardia y de acompañamiento. En el caso de los perros no tiene sentido segregar. Como tampoco lo tiene hacer muchas leyes en año electoral a sabiendas de que muchas van a ser enmendadas. Incluso pueden que necesiten reglamentos anexos que las completen. Basta mirar la última ristra de nuevas leyes aprobadas para darse cuenta de que hacer las cosas con más calma quizá llegue a tener resultados más satisfactorios para todos. 


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