LA SITUACIÓN «OKUPA» EN ESPAÑA

La situación okupa es preocupante. Cientos de casos se registran en España durante el año. Un proceso largo y costoso para las personas perjudicadas. Un coste a nivel económico y psicológico que puede conllevar el proceso para el propietario de una vivienda. Y nos preguntaremos, ¿cómo actúan? Pues sencillo. Los okupas tratan de pasar inadvertidos durante los primeros días. El objetivo es pasar desapercibidos 72 horas y así poder demostrar que ya están establecidos. A la vez los propietarios del inmueble se encuentran con las puertas de la justicia cerradas. 

La Ley impide desahuciar a familias con menores, algo a lo que suelen recurrir siempre estos desalmados. Si todo lo anterior se cumple, los dueños de la vivienda solo podrán deshacerse de los okupas mediante una orden judicial. Es entonces cuando todo se complica. Se obliga al propietario a entrar en un proceso civil o penal. Un proceso que en la mayoría de los casos suele alargarse años. Mientras tanto, los usurpadores disfrutarán, sin problemas de la casa.

Cuando hablamos de okupa, para el ciudadano de a pie, es aquel que se mete en una casa que no es suya y se niega a abandonarla. Da igual quién sea su dueño, si está habitada o no, o si se trata de un inquilino que ha dejado de pagar y no quiere irse. Pero si nos adentramos un poco más en la situación okupas, podemos comprobar que existen tres delitos diferentes. Podemos hablar de allanamiento de morada, usurpación e inquiokupación. 

La usurpación y allanamiento de morada, son términos diferentes que suelen confundirse por el común de los ciudadanos. A pesar de que todos los términos hacen referencia al uso de una vivienda ajena, el bien jurídico protegido y las penas cambian entre uno y otro. La usurpación de vivienda es la ocupación ilegal de una vivienda deshabitada sin el consentimiento de sus propietarios. Un tercero, sin autorización, toma este inmueble y lo convierte en su residencia. Es uno de los delitos tipificados en el Código Penal y tiene su respectiva pena. En este caso la sanción será una multa económica, porque el bien inmueble no es considerado morada para la justicia.

El allanamiento de morada es el ingreso o permanencia en una vivienda o edificio sin la autorización del morador. Una persona que, aun siendo el inmueble habitado por su dueño, la intenta convertir en su propia vivienda sin permiso. Es otro tipo de delito tipificado en el Código Penal. Cuando se comprueba que el inmueble constituye morada las penas se agravan. En estos casos la sanción establecida es la prisión.

¿El «okupa» más protegido con la nueva Ley de Vivienda?

El Sistema Estadístico de Criminalidad -dependiente del Ministerio del Interior y que recopila la información de la Policía Nacional, la Guardia Civil, las policías autonómicas y los cuerpos municipales- recoge que el número de allanamientos de morada y usurpación de inmuebles en 2022 fue de 16.726. Un 3,2% menos que el año anterior. El allanamiento y la usurpación caen por primera vez desde 2016. Pero lo que denuncian las víctimas es que la modalidad que en estos momentos está al alza es la inquiokupación. Es la protagonizada por inquilinos que dejan de pagar, pero se niegan a abandonar la vivienda. Esta modalidad no se recoge en estadísticas. Este tipo de delitos no van por la vía penal, sino por la civil. Al considerarse un incumplimiento de contrato, no hay cifras oficiales al respecto. 

Los políticos siguen discutiendo sobre el allanamiento de morada, cuando en los últimos años la inquiokupación ha ido aumentando en detrimento de la primera. Ahora lo más fácil es entrar en una casa con un contrato de alquiler y luego dejar de pagar y, aunque desde el punto de vista jurídico se considere un incumplimiento del contrato, está claro que es una okupación en toda regla. Así está la situación y preocupante cada día más.

Con la nueva Ley de Vivienda el Gobierno acorrala todavía más al propietario. Pone más trabas al desahucio de los okupas. Un premio para estos últimos. El Gobierno de PSOE y Podemos ha pactado con ERC y Bildu una Ley de Vivienda que facilita todavía más el modus operandi de estos enemigos de la propiedad privada. El texto de esta Ley está preocupando a los propietarios de las viviendas.

El motivo es que la futura normativa incluye cambios de calado en los procedimientos de desahucio previstos en la Ley de Enjuiciamiento Civil que ponen más trabas a la expulsión de los okupas de viviendas. Ya sea por que el okupa no pague el alquiler, es el caso del los inquiokupas o porque haya entrado por la fuerza en el inmueble, el método de la patada. Gracias a esta Ley van a tener más fácil quedarse en el domicilio y más difícil su expulsión.

La cantidad de barreras y obligaciones con las que se va a encontrar el propietario que pretenda recuperar su vivienda dependerá de si el ciudadano afectado por estos delincuentes es considerado por el Gobierno «pequeño propietario» o «gran tenedor». El Gobierno de Sánchez suma dos nuevas obligaciones a los propietarios. El propio dueño debe certificar que no es un «gran tenedor» y demostrar que la casa en la que se ha instalado el okupa es la primera vivienda de este. Una protección al okupa que va a dilatar aún más los procesos de desahucio.


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