Las agresiones sexuales a menores son un problema al alza. Y si hay un contexto en el que resultan absolutamente escandalosas es en el ámbito de aquéllos que se encuentran bajo tutela de la Administración. Los expedientes de desamparo se dictan cuando una Administración considera que los progenitores de un niño o niña no son lo bastante aptos para su cuidado. Se supone que un organismo público detecta algún riesgo para el menor si permanece bajo la custodia de sus padres. Y entonces mediante los citados expedientes de desamparo, asumen la tutela de los niños quitándoselos a los progenitores.
El protocolo parece tener su lógica. Pero una vez que se ejecuta y el menor recae en manos de la Administración, ¿cómo es posible que su destino más probable sea la agresión sexual o la explotación sexual? Tristemente un día sí y otro también asistimos a casos de menores prostituidos bajo tutela del Estado. Por no hablar de los que directamente desaparecen sin que se vuelva a saber de ellos.
Sobre esto y las muchas aristas que presenta la problemática de las agresiones sexuales a menores se hablará por espacio de dos horas en el espacio de X (antiguo Twitter) que compartirán conmigo Laura Strego, Lucía Etxebarría y Paola Tapia mañana miércoles desde las 21:30.

Agresiones sexuales a menores y feminismo
La tremenda polarización que en estos tiempos sufre el movimiento feminista salpica de forma colateral a múltiples realidades que desde siempre han ido aparejadas a la corriente feminista. Una de las mayores polémicas a este respecto y muy vinculada a la problemática de las agresiones sexuales a menores, fueron las declaraciones de Irene Montero como Ministra de Igualdad cuando afirmó que: «Los niños tienen derecho a saber que pueden tener sexo con quien quieran«. Algo que no sólamente resulta muy cuestionable desde un punto de vista ético, sino que choca frontalmente con nuestro Código Penal. En España cualquier acto de naturaleza sexual en el que intervenga un menor de 16 años tiene carácter delictivo y conlleva penas de prisión salvo que resulte aplicable la eximente de proximidad en edad o madurez.
De todo ello hablaremos largo y tendido con un espíritu abierto y constructivo. Bajo estas líneas tiene el link para acceder. Pincha en él y allí nos escuchamos. Habrá turno de preguntas y respuestas para todos aquellos que quieran plantearnos cualquier cuestión.