¿EXISTE EL DERECHO A UN JUICIO JUSTO?

Si hablas en alto, alguien probablemente te escuche. Y es una verdad tan universal como cualquier otra porque estamos hechos para comunicarnos y escucharnos los unos a los otros. Pero a esto no se refiere el artículo 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos cuando dice que: “toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal”. Porque en realidad a lo que se está refiriendo es al derecho universal a tener un juicio justo. A que podamos exponer nuestras circunstancias ante un juez o ante las autoridades judiciales si, llegado el caso, debemos justificarnos ante algo. 

¿Esto se cumple? Afirma la ONU que: “Los juicios justos no solo protegen a los sospechosos y a los acusados sino que también hacen que las sociedades sean más seguras y más fuertes al consolidar la confianza en la justicia y en el Estado de Derecho”. La balanza para determinar si un juicio es justo o no es justo queda al amparo de la subjetividad de cada uno. Según como se interprete la ley, aunque su interpretación sea siempre de entendimiento universal. 

Aunque como explican desde la Organización de Naciones Unidas, un juicio justo es aquél  en el que se cumple y se defiende: “el derecho a estar presente ante el tribunal. A tener un juicio público sin demoras ante un tribunal independiente e imparcial. Y a tener un abogado de elección propia o uno sin coste alguno”. 

En países como Irak, Egipto o China, los procesos judiciales no son siempre del todo transparentes. Y las penas impuestas, por tanto, no podrían configurarse como penas de un juicio justo. Así, aunque a nivel internacional se haya penado y amonestado a estos países en numerosas ocasiones por juicios que tienen de todo menos justicia, continúa repitiéndose y ocurre que el artículo 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos no se cumple. Se sabe que no se cumple. Pero se continúa mirando al frente y pensando que quizá, algún día, seamos benefactores de aquello que llamamos justicia universal. 


No existe la independencia del Poder Judicial

Un hecho fundamental que debe darse para que exista de verdad justicia en los juicios es la independencia del Poder Judicial del Ejecutivo. En España a veces surgen las voces que afirman que no existe tal independencia. Que los jueces incluso actúan conforme a dictados políticos en lugar de amparar sus decisiones en la propia ley y la Constitución. Y sinceramente, comparado con lo que ocurre en otros Estados como Arabia Saudí, Bahrein, Guatemala o Guinea-Bissau, lo que pasa en España es casi rizar un rizo que ya tiene muchos caracolillos. Un debate sin jugo. 

La independencia del Poder Judicial constituye un aspecto fundamental del Estado de Derecho. Se garantiza a través de los mecanismos de designación de los jueces pero también durante el ejercicio de la potestad disciplinaria y la administración de sus propios recursos. Es decir, con muchos mimbres que será necesario cuidar y establecer en aquellos países en los que tal independencia brille por su ausencia. Porque tal y como se promueve en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el derecho a ser oídos debe ser universal. 


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