LA SITUACIÓN DEL MENOR EN ESPAÑA

Ser menor de edad en España no es tan complicado como serlo en otros países donde las dificultades de acceso a la educación o a los suministros básicos son el pan de cada día. Vivir en el primer mundo facilita mucho las cosas. Las leyes que nos protegen y amparan están para marcarnos las normas del juego. Aproximadamente el 15% de la población que hay en España es menor de 16 años. Y es esta la edad que en cierta manera marca el punto álgido de la llamada adolescencia. Una etapa tan desconocida por los adultos como olvidada. Ya pasaron hace tantos años por ella que se han olvidado de lo apasionadamente que se percibe el mundo a esa edad. Se ve muy cerca la mayoría de edad pero en múltiples actividades sociales se les sigue considerando niños. 

Un menor de edad en España ha de actuar amparado siempre por la tutela de sus progenitores o de sus tutores legales. Éstos son quienes autorizan y responden ante la sociedad por ellos. Importante es tener en cuenta que los menores de entre 14 y 18 años tienen responsabilidad penal. Sin embargo a esta edad es la ley la que limitará los años que estos pueden pasar en la cárcel. Entre los 14 y los 16 años la pena de cárcel es de 5 años de internamiento en régimen cerrado y 3 años de libertad vigilada. Entre los 16 y los 18 años la sanción máxima es de 8 años de internamiento en régimen cerrado y 3 en libertad vigilada. Estos límites son superados en casos de delito de terrorismo.

Los menores de 16 años en nuestro país no pueden conducir. Podrán hacerlo al llegar a los 18 años, aunque sí se les está permitida la conducción de ciclomotores de hasta 125cc. Tampoco pueden comprar alcohol o tabaco. Aunque las estadísticas pediátricas dicen otra cosa. Más del 80% de los menores de 16 años han probado alguna vez el alcohol y cerca del 40% también el tabaco. También tienen prohibido comprar lotería o participar en juegos de azar. Un estudio reciente afirmaba que las casas de apuestas actuaban como centros de socialización para adolescentes, a pesar de tener éstos prohibida su entrada en ellos. No son pocas las movilizaciones que se han dado en barrios de ciudades como Madrid o Barcelona en las que se pide el cierre de casas de apuestas cercanas a centros escolares e institutos. 

Tampoco pueden entrar en salas de fiesta, salas de baile o discotecas, aunque cuando se trate de un espectáculo que incluya actuaciones en directo. Eso sí podrán hacerlo siempre que vayan acompañados de un adulto. Los menores de edad tampoco pueden votar. La mayoría de edad se alcanza a los 18 años y hasta entonces no pueden participar en procesos electorales. 


La sociedad debe prestar más atención al menor de edad

En España un menor de edad sí puede trabajar. Aunque no podrá realizar determinados trabajos nocturnos ni ser elegido como representante sindical hasta los 18 años. También podrá casarse siempre que presente la solicitud de emancipación. Además desde 2015, un menor de 16 años puede mantener relaciones sexuales. Los actos sexuales mantenidos entre un adulto y un menor de 16 años se consideran delitos de abuso o agresión sexual. Es decir, la realización de actos sexuales con menores de 16 años siempre se considera un hecho punible. Pero se establece una excepción: las relaciones consentidas con una persona próxima al menor por edad y grado de desarrollo o madurez, tanto física como psicológica.

Desde los 14 años hasta los 18 estos menores de edad pueden hacer testamento. Aunque pueda parecer extraño tener que estar hablando de legar bienes cuando se está en la flor de la vida, existen determinados casos que pueden llevar a un menor a querer testar. Si dispone de un gran patrimonio a través de sus ingresos, si tiene a su vez hijos menores de edad, o si se encuentra en una situación que pueda conllevar riesgo de fallecimiento. La vida a veces puede ser exageradamente corta. 

Con la Ley del aborto en ciernes provocando debates de ascensor y de sobremesa en muchos domicilios españoles, se permitirá también que las jóvenes de 16 años puedan abortar sin el consentimiento de sus padres. Dicha medida incluida en la Ley de 2010 aprobada con el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, se eliminó por el Partido Popular en su posterior reforma. Probablemente la Ley continúe experimentando cambios y modificaciones. Seguramente siga dando mucho de qué hablar. Eso sí, cuando frene el debate sobre las menstruaciones dolorosas, si deben ser consideradas o no bajas laborales, por ejemplo.

Lo que sí nos queda claro es que lo que puede o no hacer un menor de edad en España, daría horas enteras de debate. Y algunos puntos seguirían generando nuevos temas sobre los que debatir. Desde esta tribuna pedimos que al margen de lo que puedan o no hacer, deberían poder reclamar una mayor atención por parte de la sociedad y de quienes nos gobiernan.


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