LA LEY DE LOS MENORES ASESINOS

Conmoción en Cantabria. Hace unos días saltaba la noticia de dos hermanos que mataban a su madre adoptiva en su domicilio y posteriormente la llevaban al garaje. Los hermanos de 15 y 13 años mataron a su madre y simularon un secuestro. Parece ser que el motivo fueron las tremendas discusiones que se desarrollaban entre ellos. El cadáver de la madre fue encontrado en el interior de su vehículo. Se encontraba con contusiones, maniatada de pies y manos, una cuchillada en el cuello y con una bolsa de plástico en la cabeza.


Dos menores acaban con la vida de su madre

La Fiscalía de Menores solicitó al Juzgado de Menores que adoptara la medida cautelar de internamiento en régimen cerrado durante seis meses del hermano mayor por la presunta comisión de un delito de asesinato. Tras tomarle declaración y haber examinado el informe emitido por el equipo psicosocial, la Fiscalía de Menores puso al chico a disposición del Juzgado de Guardia, en funciones del Juzgado de Menores, que finalmente adoptó la medida cautelar solicitada. El menor de 13 años es inimputable. No tiene responsabilidad penal por los hechos y está en un centro de protección de menores. 

Los menores fueron adoptados en Rusia por la fallecida y su esposo, que estaba trabajando en el momento de los hechos. Parece ser que los menores presuntamente reaccionaron de forma violenta tras una riña familiar y acabaron con la vida de su madre. Tras la pelea llevaron su cuerpo al garaje. Su intención era huir pero no sabían conducir, pusieron el coche en marcha y lo empotraron contra la pared del garaje.

Los hermanos decidieron llamar a la abuela que vive en un chalé contiguo. En la conversación le contaron que les habían secuestrado y, después, desconectaron el móvil. La mujer, alarmada, acudió al domicilio familiar, donde ya no había nadie. Miró en el garaje, donde encontró el cuerpo sin vida de la víctima. Inmediatamente, llamó a la Guardia Civil y le relató lo sucedido y el mensaje de sus nietos adoptivos. Un parricidio que no tiene precedentes en Cantabria y que ha causado una gran conmoción.


¿Cómo funciona la Ley del menor?

El menor de 13 años no fue arrestado porque es inimputable, por no poder comprender la ilicitud de un hecho punible. Esto no quiere decir que cuando un menor de 14 años comete un crimen la Administración se desentienda. En este caso no se tratará desde un punto de vista judicial, sino de protección. 

Este es uno de los puntos más destacados de la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal del Menor. Esta norma dictamina que la edad mínima para ser enviado a prisión provisional o cumplir pena de cárceles es de 18 años, aunque los menores también pueden sufrir otro tipo de represalias por cometer delitos. En estas edades, no son sujetos imputables. Según marca la ley del menor, son sus padres o tutores legales quienes deben responder por sus actos. 

Se establece que es la Fiscalía de Menores el organismo encargado de valorar su situación y tomar decisiones para velar por su protección. En el caso de menores entre 14 y 18 años, caso del mayor de los hermanos en Cantabria (Castro Urdiales), sí son sujetos imputables. Responden directamente ante la justicia por sus actos. Pero lo hacen por un procedimiento particular determinado por esta ley. 

Son los Juzgados de Menores quienes se encargan de estas causas. Según la gravedad del delito cometido, pueden ser castigados con penas de privación de libertad en centros de internamiento. Aquí ingresan en un régimen, abierto, semiabierto o cerrado. Cuando el menor delinque entre los 16 y los 18 años, se considera una circunstancia agravante.


Debate sobre una nueva legislación

Casos como este abre el debate de si la Ley del Menor merece una nueva legislación. Se exige una modificación de la propia ley del Menor que eleve las penas a los menores que cometan delitos de sangre. Se trata de una Ley aprobada en 2000 y revisada desde entonces varias veces, generalmente para endurecerla. Esta norma establece cuáles son las penas -que no se denominan así, sino «medidas«- que pueden corresponder a quienes ya han cumplido 14 años, pero aún no los 18. La edad concreta es relevante porque se distingue entre quienes tienen 14 o 15 años y quienes ya han cumplido los 16, a quienes se aplican medidas más duras.

En el caso que nos ocupa, el hijo de 15 años podría ser condenado a un máximo de cinco años de «internamiento en régimen cerrado«, con un mínimo de un año. Es la horquilla que prevé la Ley del Menor para una serie de delitos especialmente graves, entre ellos el del homicidio que se investiga. El máximo de internamiento podría llegar hasta los seis años si en la investigación se detecta que el menor ha cometido algún otro delito relacionado con el homicidio investigado.


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