EL TORO JÚBILO

La batalla cultural continúa y continúan, también, las faenas contra el toro. La última la protagoniza la medida cautelarísima acordada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Soria para tratar, insidiosamente, de suspender este año la Fiesta de «El Toro Júbilo» de Medinaceli. Necesitamos un auténtico Estado de Derecho. Y necesitamos, también, que los activistas sean los abogados y no los jueces. El Estado de Derecho es el único que puede salvaguardar los derechos de todos. Empero asistimos a su continuo desmantelamiento por quienes, sin las mayorías necesarias, quieren imponer al resto su visión del mundo.


Batalla cultural por suspender la Fiesta de el «Toro Júbilo»

En el caso analizado, ese Juzgado dictó el pasado 02.09.24 una sentencia en la que estimaba la pretensión de PACMA de acabar con esa Fiesta Tradicional por el “claro sufrimiento, hostigamiento y maltrato físico y emocional a un animal, contrario a los principios de bienestar y naturaleza de ser sintiente que prevé la normativa básica del Estado y los propios principios de la UE”. Sin embargo, la misma fue oportunamente recurrida, por el Ayuntamiento de Medinaceli y por la JCYL, ante el TSJ de Castilla y León. Y, en estos momentos, no es firme ni se puede ejecutar. 

Sin embargo, PACMA, sin esperar a la resolución del TSJ, vuelve al Juzgado de instancia y le solicita una medida cautelarísima y el juez se la concede a pesar de que, primero, no cuenta con el necesario presupuesto habilitante (no existe «especial urgencia» porque «El Toro Júbilo» se celebra cada año desde que hay registros, ni su celebración, este 2024, haría perder la finalidad del recurso). Y, de que, segundo, su adopción supone una grave perturbación del interés general del Pueblo de Medinaceli en celebrar su Fiesta Tradicional mientras no recaiga una resolución firme sobre el fondo del asunto.

Curiosamente, además, el mismo juzgado denegó la misma medida cautelar cuando admitió la demanda inicial de PACMA en 2023. Ahora, sin embargo, en 2024, cuando el asunto está en otra sede judicial, la concede. Esta es la insoportable levedad del «estado de hecho» de la PPSOE. El juez funda tanto su sentencia como la cautelar de 2024 en el 13 TFUE. No obstante, este artículo precisa que las “exigencias en materia de bienestar de los animales como seres sensibles” deberán respetar “las disposiciones legales o administrativas y las costumbres de los Estados miembros relativas, en particular, a ritos religiosos, tradiciones culturales y patrimonio regional”.

En el mismo sentido, los Arts. 44, 46 y 149 CE, obligan a los poderes públicos españoles a garantizar la conservación, la promoción y el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran. Entre los que se encuentra, nos guste o no, este «Toro Júbilo«. La primacía de ambas normas exceptúa la aplicación de la normativa sobre bienestar animal a lo que es una Tradición Cultural y también elimina el necesario fumus boni iuris para poder acordar, legalmente, una medida cautelar de este cariz. 


Abuso de derecho en toda regla: fraude de ley y desviación de poder

Independientemente de lo que ocurra al final, la inusitada actuación del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1 de Soria constituye un abuso de derecho en toda regla e incurre, en mi opinión jurídica, tanto en un fraude de ley como en una desviación de poder que puede ser anulada ex 48.1 LPAC en conexión con el 70.2 LJCA que reza: “la sentencia estimará el recurso contencioso-administrativo cuando la disposición, la actuación o el acto incurrieran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico, incluso la desviación de poder”.

El toro es una de nuestras señas de identidad tanto dentro como fuera de España. Miles de Fiestas Tradicionales que componen nuestro acervo cultural tienen al toro como protagonista. El toro forma parte de la Marca España. Por eso mismo es objeto –que no sujeto- de la batalla cultural que se libra contra las mismas. Desde luego, las tradiciones y ritos no son un valladar infranqueable. Empero, tampoco lo puede ser el bienestar de la fauna y la flora en su condición de «seres sintientes».

Esto nos conduciría a la extinción por inanición porque nos nutrimos de ellos. Su sensibilidad no les convierte en seres humanos. Todavía no estamos en el «Planeta de los Simios«. Uno no siempre puede entender o compartir tradiciones que no ha vivido. Ni la íntima conexión que tienen con el alma de un Pueblo al que no pertenece. Se trata, por tanto, de un problema cultural que solo puede resolverse democráticamente votando por la continuidad de esas tradiciones o no. A nivel nacional o a nivel local. Pero sin mezclar. Porque la tradición es del Pueblo. No es ni de los políticos ni de los jueces. Estuve hace tiempo viendo esa Fiesta Tradicional y no me gustó. No obstante, ese sentimiento particular no me lleva a confundir a un toro con una persona, ni a Mogli con Balú. Espero que a ti tampoco. 


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