AMNISTÍA REVERSIBLE

En cuanto llegue al poder el nuevo gobierno Frankenstein 2.0 –si pueden aguantar, ya los conocen- alumbrarán nuevas maravillas en todos los campos del conocimiento aunque, sin duda, uno de los más favorecidos será la ciencia jurídica que podría dar un vuelco con la «amnistía reversible» con la que podrán liberar o perseguir, en cualquier momento, a quién les de la gana. Una suerte de hipoteca inversa para atrás y para adelante, pero sin salvación, sin perdón, sin reconciliación… sólo con un espúreo y peligroso interés político.  

La palanca para conseguir esa «amnistía reversible» la encontramos en la Ley de Memoria Democrática (Ley 20/2022), fruto del gobierno Frankenstein 1.0, cuyos principios generales son los siguientes:

  • 1. Esta ley se fundamenta en los principios de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, así como en los valores democráticos de concordia, convivencia, pluralismo político, defensa de los derechos humanos, cultura de paz e igualdad de hombres y mujeres.
  • 2. De acuerdo con el 10.2 CE, los poderes públicos interpretarán la presente ley de conformidad con los tratados internacionales de derechos humanos en la materia ratificados por España, sin perjuicio de su aplicación directa cuando correspondiera.
  • 3. Todas las leyes del Estado español, incluida la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, se interpretarán y aplicarán de conformidad con el Derecho internacional convencional y consuetudinario y, en particular, con el Derecho Internacional Humanitario, según el cual los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura tienen la consideración de imprescriptibles y no amnistiables”.

Una amnistía que podría ser revisada después cuando cambie el Gobierno

No obstante, esa Ley de Amnistía del 77 ya venía interpretada de casa al señalar que “no obstante lo dispuesto en el Artículo noveno, la Administración aplicará la amnistía de oficio en los Procedimientos Administrativos en tramitación y a instancia de parte, en cualquier caso” (Art. 11) por lo que no puede ser derogada de facto por esa Ley de Memoria Democrática, sobre todo cuando la disposición derogatoria de la misma, a pesar de hacer derogación expresa de algunas disposiciones, no dice nada de la Ley de Amnistía que, entonces, seguirá produciendo sus efectos.

El lío jurídico aparece ahora cuando el Ministerio Fiscal, siguiendo instrucciones del gobierno –pues eso- e invocando esa Ley de Memoria Democrática, apoya la apertura de causas para investigar crímenes y torturas durante el franquismo que, hasta el momento, venían siendo rechazadas por los juzgados y tribunales tanto porque los mismos habían prescrito como porque dicha Ley de Amnistía impide investigarlos.

El sindiós jurídico que van a crear superará el de la «ley suelta violadores» porque esa Ley de Memoria Democrática no puede, interpretada al calor de acuerdos internacionales o de lo que quieran, ni condenar delitos que ya fueron previamente amnistiados, ni tampoco crear delitos nuevos con efecto retroactivo porque esa retroacción en el Derecho Penal –en todos los países y en todos los tratados- solo opera para aquellas normas que favorezcan al reo (exactamente lo que pasó con lo del sí es sí pero tampoco). Con todo, lo más cierto es que la responsabilidad penal de los delitos del franquismo quedó extinguida con la amnistía del 77 y su investigación es una pérdida de tiempo y de dinero para el contribuyente, además de un colapso más para la Justicia.

El rédito político que, en el fondo, pretenden sacar otra vez tanto del franquismo -Franco y su anillo de Frodo con el que todo lo demás desaparece- como de la amnistía a los golpistas catalanes, tiene como toda moneda su otra cara y es que, abierto ese melón, quien les puede asegurar entonces a los golpistas catalanes que esa amnistía que les pudiera procurar Sánchez ahora, no sea revisada después, cuando cambie el gobierno. Entonces, podrían ser investigados y perseguidos e incluso dar con sus huesos en la cárcel. Nadie se lo puede asegurar. Así que ese sería el otro gran problema de la «amnistía reversible», que siendo política y no jurídica, la PPSOE podría luego emplearla como le viniese en gana y en su exclusivo interés. Un boomerang que solo traerá más PPSOE, más inseguridad y más dictablanda. ¡Ojo al lanzarla!


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